• Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ANDREU MERELLES
  • Nº Recurso: 84/2024
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables como un delito de robo con fuerza en las cosas. Prescripción de una de las penas impuestas. Garantía al haberse celebrado el juicio en ausencia del reclamado.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: ROSA MARIA GUTIERREZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 707/2024
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Señala el Tribunal que a la vista del motivo de impugnación alegado le corresponde verificar si se han practicado en la instancia, con contradicción de partes, pruebas de cargo válidas y con un significado incriminatorio suficiente, más allá de toda duda razonable. Para estimar acreditados los hechos integrantes del delito y la intervención del recurrente en su ejecución; pruebas que, además, tienen que haber sido valoradas con arreglo a las máximas de la experiencia y a las reglas de la lógica, constando siempre en la resolución debidamente motivado el resultado de esa valoración. Del examen de las actuaciones y del visionado de la grabación del acto del juicio oral, considera que no resulta prueba acreditativa, ni indiciaria bastante del acuerdo previo a la misma por el que se incriminaba al recurrente, no constando ni pudiéndose inferirse la voluntad e intención compartida de apoderamiento inicial que surge repentinamente en la menor, no siéndole achacable al mismo, que no se justifica que le de mayor importancia o seriedad a la comunicación de la menor, ni tampoco la ocultación posterior que se le imputa, sin aquel precedente ánimo. De la actividad probatoria no cabe extraer, con el grado de certeza exigible, fuera de toda duda razonable, la conclusión condenatoria alcanzada, desprendiéndose el error en el proceso valorativo al existir alternativas fácticas verosímiles, razonables y posibles por lo que la presunción de inocencia que le asiste ha de respetarse.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 4181/2022
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los condenados formulan recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por un delito continuado de apropiación indebida. Presunción de inocencia. El objeto de control es la racionalidad misma de la valoración elaborada por el Tribunal sentenciador a partir del resultado de las pruebas que presenció. No procede que el recurrente sugiera o proponga otra valoración distinta que desde un punto de vista se acomode mejor a su personal interés, sino que habrá de argumentar que es irracional o carente de lógica el juicio valorativo expresado por el tribunal de instancia. Carga de la prueba. La doctrina procesal sobre la carga de la prueba obliga a cada parte a probar aquello que expresamente alegue, por lo que, así como sobre la acusación recae el "onus" de probar el hecho ilícito imputado y la participación en él del acusado, éste viene obligado, una vez admitida o se estime como probada la alegación de la acusación, a probar aquellos hechos impeditivos de la responsabilidad que para él se deriven de lo imputado y probado. Partícipe a título gratuito.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: ANA MONTSERRAT LLORCA BLANCO
  • Nº Recurso: 69/2025
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recuerda la Sala que la alegación de la infracción del principio de presunción de inocencia obliga a comprobar: que se dispone de prueba con un contenido de cargo; que dicha prueba ha sido obtenida y aportada al proceso con observancia de lo dispuesto en la Constitución y en la ley procesal; y, que tal prueba existente y lícita es razonable y razonadamente considerada suficiente para justificar la condena penal. Considera que la resolución impugnada: dispone de prueba indiciaria con un contenido de cargo relevante, en concreto las testificales de las dos personas que vivían en el domicilio de donde se sustrajeron los efectos; que dicha prueba ha sido obtenida y aportada al proceso con observancia de lo dispuesto en la Constitución y en la ley procesal; sometiéndola a contradicción y , que tal prueba existente y lícita es razonable y razonadamente considerada suficiente para justificar la condena penal. La Sala no atisba ningún déficit de razonabilidad en el proceso de valoración llevado a cabo por la juzgadora tras la práctica de las pruebas en el plenario, ajustándose dicho proceso valorativo correctamente exteriorizado mediante la debida motivación a las reglas de la lógica y máximas de la experiencia. No siendo la inferencia condenatoria ni ilógica, ni arbitraria ni manifiestamente errónea, sino todo lo contrario, la Sala sostiene que debe mantener la misma y, en consecuencia, el relato de hechos probados y el pronunciamiento condenatorio.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: LUIS BARRIENTOS MONGE
  • Nº Recurso: 1317/2024
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juzgado de instrucción condenara al acusado como autor de un delito leve estafa del artículo 248.2 y 249 del código penal a la pena de un mes de multa una cuota diaria de cinco euros. La representación procesal del acusado interpone recurso de apelación alegando como motivo único la impugnación de la determinación del importe de la cuota de la pena de multa, cinco euros, y considera desproporcionado ya que alega su situación de incapacidad económica y la rebaja de la misma. Audiencia provincial desestima el recurso de apelación, ratifica la sentencia, señalando que la pena ha sido establecida en el margen inferior, y la propia conducta desplegada por la recurrente no permite apreciar una situación de extrema o intensa necesidad, cuando el fruto de su acción ilícita lo emplea en hacer una compra en el establecimiento de material deportivo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS FRANCISCO FRAILE COLOMA
  • Nº Recurso: 15/2025
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La presentación fuera de plazo de un escrito de acusación no acarrea sin más su ineficacia. La consecuencia de la no presentación dentro plazo del escrito de acusación o de la solicitud de sobreseimiento por el Ministerio Fiscal está legalmente prevista y no es la declaración de preclusión, sino el otorgamiento de un nuevo plazo. El principio de igualdad no sufre con esa previsión legal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: RICARDO VICENTE PUYOL SANCHEZ
  • Nº Recurso: 444/2024
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Uno de los acusados, Cayetano, se hizo pasar por el otro de los acusados, Bernardino, e identificándose como si fuera éste, se presentó en las dependencias de la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada al examen teórico para la recuperación de puntos del permiso de conducir. Para ello, por sí o por medio de un tercero, manipuló el DNI en el que figuraban los datos de Bernardino y sobre la fotografía de éste superpuso una lámina adhesiva transparente con su fotografía. Haciendo uso de este documento en el que aparecía su imagen y asociando a dicha imagen los datos de identidad de Bernardino, consiguió acceder a la sala donde se desarrollaba el examen y que se le entregara la hoja de examen con las preguntas que debía responder Bernardino. El examen no llegó a cumplimentarlo al serle retirado por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico que comprobaban la documentación de identidad aportada por quienes se examinaban, y que verificaron que el acusado se estaba examinando por Bernardino. El delito se consumo con la mera exhibición del documento identificativo falsario, estamos ante una modalidad delictiva de mera actividad no se requiere un resultado específico. Ausencia de motivación en la individualización de la pena.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS FRANCISCO FRAILE COLOMA
  • Nº Recurso: 28/2025
  • Fecha: 31/01/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se desestima a declaración de nulidad del auto recurrido. La falta de notificación de autos anteriores no determina la nulidad de los posteriores. El auto recurrido contiene una motivación que cumple con las exigencias de la jurisprudencia constitucional y preserva los derechos del recurrente. Diligencias de investigación que se están llevando a cabo, imprescindibles para obtener la máxima información sobre la actividad de la organización criminal investigada y datos que permitan la completa identificación de los componentes del grupo, su modus operandi y geolocalización. La prórroga se pretende salvaguardar el éxito de la instrucción sumarial, impidiendo que los investigados destruyan o alteren fuentes de prueba
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA INES DIEZ ALVAREZ
  • Nº Recurso: 119/2025
  • Fecha: 30/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se señala en la sentencia que la prueba practicada en el acto del juicio ha permitido enervar el derecho a la presunción de inocencia y que la Juez de instancia alcanzara una plena convicción de la participación del acusado en los hechos, que descarta la aplicación del principio in dubio pro reo que se invoca. Se estudia en la sentencia la jurisprudencia del TS sobre la incidencia que las anomalías psíquicas y la drogadicción puede tener en la responsabilidad penal, sintetizando que para poder apreciarse la drogadicción, sea como una circunstancia atenuante, sea como eximente, aún incompleta, es imprescindible que conste acreditada la concreta e individualizada situación del sujeto en el momento comisivo, tanto en lo concerniente a la adicción a las drogas tóxicas o sustancias estupefacientes, como a la intensidad de la dependencia y a la singularizada alteración que sufriera en el momento de los hechos, con la influencia que por ello tuviera en las facultades intelectivas y volitivas, sin que la simple y genérica expresión narradora de que el acusado era adicto a las drogas, sin mayores especificaciones y detalles, pueda autorizar o configurar la circunstancia atenuante de la responsabilidad criminal en ninguna de sus variadas manifestaciones, correspondiendo a la Defensa acreditar la concurrencia de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal que alega, lo que no ha efectuado en el caso
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 4958/2022
  • Fecha: 30/01/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los hechos son constitutivos de un delito contra la fauna: caza de un corzo, pese a no ser objeto de protección especial, ni estar en peligro de extinción, al capturarse en un coto privado de caza, sin el consentimiento de su titular, puesto que la exigencia de una habilitación expresa forma parte también de los presupuestos necesarios para la protección de la biodiversidad. Sólo una caza ordenada que proteja todas las especies cinegéticas y contribuya al mantenimiento del equilibrio y la salud de los ecosistemas puede contribuir al afianzamiento del bien jurídico protegido.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.